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Ausencias Justificadas
Las siguientes califican como ausencias “justificadas”:
▪ Enfermedad del estudiante – Si un estudiante está continuamente enfermo y falta a la escuela con frecuencia,
deberá estar bajo la supervisión de un médico para justificar la ausencia.
▪ Cita médica
▪ Fallecimiento de un familiar
▪ La celebración de una fiesta o servicio religioso que sea reconocido como tal por todos los miembros de esa religión
(P-5.095)
▪ Citación por una agencia del orden público o comparecencia obligatoria ante el tribunal
▪ Condiciones meteorológicas extremas tales como, pero no limitado a inundaciones, huracanes, tornados u otros
actos de fuerza mayor que se hace impráctico o no aconsejable por la seguridad del estudiante asistir a la escuela.
▪ Suspensión – La suspensión, dentro y fuera del predio, es la remoción temporal del estudiante de su programa
regular de clase o de todo tipo de enseñanza en terrenos de la escuela pública y de todas las demás actividades
patrocinadas por la escuela, excepto según lo autorizado por el Director o la persona designada en su lugar de
acuerdo a lo establecido por la F. S. § 1003.01(5a-b), y mencionado en el Código de Conducta del Estudiante Normas
5.1812 y 5.1813.
▪ Los estudiantes en excursiones autorizadas por el Director no son considerados ausentes. Las excursiones
relacionadas con la escuela deberían ser aquellas que están relacionadas con el currículo.
▪ Otras ausencias del estudiante fuera del control de los padres o de él mismo, según lo determinado y aprobado por
el Director o la persona designada en su lugar P- 5.09(3)(e)(i-ix)
Ausencias Injustificadas
Una ausencia injustificada es cualquier ausencia que no caiga en una de las categorías de ausencias justificadas anteriormente
mencionadas. La P-5.09 exige que cada escuela en el Distrito determine si una ausencia o tardanza es justificada o no según los
criterios establecidos.
Los estudiantes con ausencias excesivas injustificadas/no verificadas serán remitidos al Equipo Basado en la Escuela para
que se implementen intervenciones para ayudar al estudiante y a la familia a mejorar la asistencia. La escuela puede
remitir al estudiante al Comité de Revisión de Asistencia del Distrito (DARC) si la asistencia no mejora después de que se
implementen las intervenciones y los recursos. Si el estudiante continúa sin cumplir con los intentos del Distrito de hacer
cumplir la asistencia escolar, el Superintendente o su persona designada está autorizado a presentar una petición de
ausentismo escolar ante el 15. Circuito Judicial de Florida.
o
Tardanzas
Cuando un estudiante de intermedia o secundaria pierde un cincuenta por ciento (50%) o más de la enseñanza del día o del
período de la clase que se identifica como esencial debido a la llegada tarde o a retrasos, al estudiante se le considerará como
ausente.
La F.S. § 1006.09(1) (b) estipula que: “Ningún estudiante será suspendido por tardanzas injustificadas, atrasos, ausencias o ausentismo escolar”.
A los estudiantes no se les puede exceptuar de los requisitos para su rendimiento académico basándose en las prácticas o normas diseñadas para exhortar la
asistencia a clases de los estudiantes. El registro de asistencia del estudiante no puede ser utilizado total o parcialmente para proveerle una exención de
cualquier requisito para el rendimiento académico. {F.S. § 1003.33(2)}
o
Trabajo de Recuperación de Kindergarten a 12. Grado – Para las ausencias justificadas e injustificadas, incluyendo las
suspensiones, los estudiantes tendrán la oportunidad de hacer trabajo de recuperación sin sanción académica. Para las
suspensiones dentro de la escuela, los estudiantes recibirán asignaciones diarias. Para las suspensiones fuera de la escuela, los
estudiantes recibirán asignaciones de manera oportuna. Según la P-5.09, se espera que los estudiantes de la escuela secundaria
asistan a la escuela regularmente y que lleguen a las clases a tiempo.
Manual para el Estudiante y su Familia AF24 Página | 8